
Solo cambia el cierre del ocio nocturno, que podrá hacerlo a las 5.00 horas; y el aforo de los eventos deportivos, que es del 100%
Finalmente Utrera tendrá que esperar al menos otra semana para adentrarse en una vida sin prácticamente restricciones. Lo ha acordado comité de expertos provincial, que ha decidido que el distrito sanitario Sevilla Sur –al que pertenece la localidad utrerana- se mantenga en nivel 1 de alerta sanitaria.
A pesar de que este distrito se encuentra con una incidencia inferior a 50 casos por cada 100.000 habitantes, el comité de expertos se ha basado en el registro del conjunto de la provincia, que sí tiene el dato por encima de dicha barrera. Así pues, el conjunto de la provincia se queda sin pasar al nivel 0.
De esta forma, la vida de los utreranos no cambia con respecto a lo que ahora está en vigor. La única modificación tiene que ver con el cierre del ocio nocturno que, en lugar de hacerlo a las 3.30 horas como hasta ahora, podrán echar la persiana a las 5.00 horas. Aquí puede ocuparse como máximo el 75% del aforo en su interior, con 8 personas por mesa; y ha de realizarse un registro de entrada de clientes. En el exterior, se permite el 100% de aforo, con 10 personas por cada mesa. En este tipo de establecimientos se autoriza el consumo en barra en interior y exterior con la distancia de seguridad correspondiente. Se permiten actuaciones de pequeño formato en interior y exterior, con distancia de al menos tres metros del público, y la actividad de baile se autoriza –solo en exterior- manteniendo el uso de mascarillas.
Por su parte, en la hostelería se mantienen sin cambios las restricciones. Se permiten 8 personas por cada mesa en el interior y 10 en el exterior. En paralelo, se establece en el 75% el aforo interior, mientras que las terrazas pueden ocuparse al 100%, aunque todo ello manteniendo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Además, se sigue permitiendo el consumo en la barra. El cierre se establece a las 2.00 horas, aunque desde las 1.00 horas no se pueden admitir nuevos clientes ni servicios.
Por otro lado, en el caso de los banquetes, el aforo es del 75% en el interior con un máximo de 250 personas, y del 100% en el exterior con 500 personas. En todos estos casos, las mesas deben ser de 8 comensales en interior y de 10 en exterior como máximo. Se permiten las actuaciones musicales de pequeño formato, manteniendo una distancia con el público de al menos tres metros, autorizándose la actividad de baile –solo en exterior- con uso de mascarilla. Las celebraciones deben concluir como muy tarde a las 5.00 horas.
En el caso de las instalaciones deportivas -incluidos los gimnasios-, el aforo para la práctica es del 100% al aire libre y del 75% en el interior. Según contempla la norma autonómica, las piscinas de uso colectivo pueden abrir con el 100% de su aforo tanto al aire libre como si son en interior. En cuanto a las actividades aeróbicas o las clases grupales de las academias de baile, el máximo es de 25 asistentes al aire libre y 20 en espacios cerrados. En relación al público, se establece un aforo del 100% en interiores y exteriores, siendo obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren los eventos en espacios al aire libre, no estando permitido el consumo de bebidas o alimentos en la zona de público, debiendo realizarse en las zonas habilitadas para ello.
En cuanto a los comercios, el aforo que se contempla en el nivel 1 es del 100%. Mientras, los mercadillos pueden estar con el 100% de los puestos. Por su parte, las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación tienen su aforo en el 85%, con un máximo de 25 personas por aula.
En relación a los velatorios, pueden estar 30 personas en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes. En el caso de los entierros, se sitúa en 70 el número de asistentes. Las eucaristías y ceremonias civiles tienen su aforo en el 100%.
En instalaciones como la biblioteca, la sala de estudios y espacios de exposiciones, la Junta permite un aforo de hasta el 80%; y en los cines y teatros, el aforo que puede ocuparse es del 100%.
Por otro lado, los establecimientos recreativos infantiles pueden funcionar con el 100% del aforo en espacios al aire libre y el 75% en espacios cerrados. Los grupos han de ser de un máximo de 25 niños.
Finalmente, en relación a la movilidad, en el transporte público se permite que se ocupen todos los asientos, mientras que en los espacios para viajar de pie se contempla un 75% del aforo. En las motocicletas y ciclomotores pueden desplazarse dos personas. En el caso de los coches, pueden ocuparse todas sus plazas.
Si no hubieran montado la verbena de Septiembre, por interes y propaganda politica hoy estariamos -0 pero claro era muy importante hacer lo mismo que J. Espadas