Los detenidos en El Palmar de Troya por la macrooperación contra el cultivo de marihuana seguirán en libertad

Los detenidos en El Palmar de Troya por la macrooperación contra el cultivo de marihuana seguirán en libertad

Las 23 personas detenidas en la macrooperación policial contra el cultivo de marihuana en El Palmar de Troya seguirán en libertad provisional. Así lo ha decidido la Audiencia de Sevilla, desestimando el recurso que había presentado la Fiscalía para que ingresaran en prisión.

El  juez de Utrera los dejó inicialmente en libertad, lo que despertó la «indignación» de la Fiscalía, que apeló al organismo provincial. Ahora, un auto de la Sección Primera, recogido por Diario de Sevilla, dice que no existe riesgo de reiteración delictiva con las medidas acordadas contra ellos (se incautaron todos los efectos necesarios para el funcionamiento de las plantaciones) y que no concurre ninguno de los criterios de «riesgo objetivo de fuga». Así, todos tienen domicilio conocido, tienen familia e hijos y han cumplido con las presentaciones periódicas exigidas por el juzgado. Incluso acudieron el pasado 3 de diciembre a la Audiencia, cuando todos ellos fueron convocados para debatir los recursos de la Fiscalía.

También queda en libertad un acusado que guardaba 140 gramos de MDMA (éxtasis), cantidad que es cien veces superior a los 1.440 miligramos exigidos por la jurisprudencia para ser calificado como de «notoria importancia». En este sentido, la gravedad de una futura condena por un delito de tráfico de drogas -añade el auto- solo operaría respecto a esta persona, pero también en este caso el investigado se ha presentado en el juzgado tres veces al mes y se le retiró el pasaporte.

La Fiscalía argumentó que, al no haber ingresado en prisión, se frustró una posterior investigación por blanqueo de capitales o para hacer efectivo el decomiso de sus bienes. Sin embargo, la Audiencia responde que para tales indagaciones «no es requisito imprescindible ni necesario decretar la medida de prisión provisional y, si así fuere, dado el tiempo transcurrido, tampoco tendría eficacia acordarla en este momento, transcurrido más de un mes y medio».

La alarma social «tampoco es criterio válido» para valorar la necesidad de ingreso en prisión, una medida que solo debe ser impuesta «cuando sea estrictamente necesario y no existan otras medidas menos gravosas, a través de las cuales puedan alcanzarse los mismos fines».

La Fiscalía destacó en su recurso la «cantidad de dinero» que tenían, producto de la venta de la marihuana, y que poseían «auténticas infraestructuras para el cultivo» tales como balanzas, anotaciones e invernaderos. Concluyó que «todos los investigados tienen como fuente única y muy importante de ingresos la venta de sustancias estupefacientes desde hace tiempo».

 

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